Miércoles, 27 de octubre de 2004
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La Consejería de Medio Ambiente examinará a los futuros cazadores

La prueba de capacidad para obtener por primera vez la licencia de caza será obligatoria a partir del 1 de enero del año próximo, según se indica en una orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno canario que publica el Boletín Oficial de Canarias.




Tanto las administraciones públicas como las organizaciones ecologistas, e incluso algunos sectores de cazadores, reconocen que uno de los principales factores que inciden negativamente en la práctica de la caza es el excesivo número de practicantes y su escasa preparación, según la Consejería de Medio Ambiente
EFE
Santa Cruz

La publicación de esta orden obedece a la necesidad de que toda persona que desee practicar por primera vez la caza en Canarias deba, de forma previa, superar una prueba o examen que permita comprobar su capacidad y conocimientos.

Tanto las administraciones públicas como las organizaciones ecologistas, e incluso algunos sectores de cazadores, reconocen que uno de los principales factores que inciden negativamente en la práctica de la caza es el excesivo número de practicantes y su escasa preparación, según la Consejería de Medio Ambiente.

Estas pruebas de aptitud, cuya realización para obtener por primera vez de la licencia de caza será obligatoria a partir del 1 de enero de 2005, están dirigidas a mayores de catorce años que no tengan acreditada la aptitud y conocimiento necesario para obtener la preceptiva licencia, y que deseen ejercitar la actividad cinegética.

Prueba teórica y práctica
La aptitud se acreditará mediante la superación de una prueba que constará de dos partes, una teórica y otra práctica, y que versará sobre contenidos expuestos en un programa oficial.

Este programa tendrá temas relativos al papel de la caza en la conservación de la biodiversidad, las especies amenazadas y cinegéticas, la ordenación y la administración de la caza, los requisitos administrativos del cazador, la ordenación cinegética del territorio, la gestión de la caza, las limitaciones, prohibiciones, delitos e infracciones en materia cinegética; los animales auxiliares para la caza, y el comportamiento y la ética del cazador.

Las pruebas serán convocadas y realizadas por cada cabildo, como mínimo, en el primer semestre de cada año, antes del inicio del periodo hábil de caza, pudiendo delegar en las sociedades de cazadores colaboradoras la realización de las mismas.